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Constitución
Realizamos tramites de constitución de Sociedades desde cero, quedando inscriptas en los organismos oficiales con CUIT y alta de los impuestos. Listas para funcionar.
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Impuestos
Liquidamos las declaraciones juradas de todos los impuestos mensuales y anuales obligatorios para el desarrollo de la actividad. Tanto nacionales como provinciales.
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Contabilidad
Llevamos la contabilidad de todas las operaciones y confeccionamos el balance anual que determina el resultado operativo del ejercicio según normas legales.
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Asistencia Contable
Podrás resolver las dudas o consultas de forma practica y 100% on line, whatsapp sobre todos los aspectos impositivos de tu sociedad para poder operar con tranquilidad.
Cuando dos o más personas se organizan para realizar una actividad económica (venta de cosas o prestación de servicios), aportan capital, participan de las ganancias y soportan las pérdidas. En este caso hay sociedad.
En la práctica, es un ente aparte, separado de sus socios, que tiene su propio nombre (razón social), su propio cuit, cuenta bancaria, impuestos y obligaciones a su cargo, patrimonio, etc.
Las sociedades se encuadran como responsable inscripto ante el IVA, por lo tanto liquidan los mismos impuestos. Mensualmente IVA + Libro IVA digital e Ingresos brutos y anualmente Impuesto a las Ganancias para personas jurídicas.
Además de liquidar y pagar los impuestos nacionales y provinciales como lo hace un Responsable Inscripto, una sociedad debe llevar Contabilidad de todas sus operaciones diarias y con ellas una vez al año al cerrar su ejercicio comercial debe confeccionar un Balance que arrojará su resultado operativo y saldos finales de todo su patrimonio.
El capital aportado por los socios esta dividido en cuotas partes, el mínimo de socios es 2 y el máximo 50.
La responsabilidad está limitada al capital aportado, es decir que ante deudas se responde con el patrimonio de la sociedad y no con el personal de los socios.
No hay un aporte mínimo legal de capital, pero se suele requerir que sea razonable y acorde a la actividad que se pretende realizar.
No hay obligación de presentar balances ante IGJ, pero si ante la ARCA.
Se puede constituir a través de instrumento público o privado ante escribano con menores costos que una SA.
El capital está divido en acciones, las cuales se pueden vender a un tercero, transferirlo, darlo en parte pago, donar, etc.
Solo pueden constituirse por instrumento público.
El capital mínimo para constituir una SA es de $30.000.000
La cantidad mínima de socios es 2 y no hay máximo.
La responsabilidad de los socios está limitada a las acciones que adquieran.
Puede constituirse en 24hs de forma online utilizando un estatuto modelo.
El capital mínimo es de dos salarios mínimos vitales y móviles.
Puede ser unipersonal, es decir, no necesitás un socio para constituirla.
Toda la contabilidad, asientos y balances se llevan de forma digital.
La responsabilidad esta limitada al capital aportado.